REGLAMENTO
DE BECAS COLEGIO PARROQUIAL SAN CARLOS BORROMEO - HAEDO
1. Cada año, la Institución,
dispondrá de un cupo de becas a distribuir entre las familias
de los alumnos/as que la soliciten, por encontrarse en una situación
socio-económica que lo justifique y que sea debidamente demostrada,
ante las autoridades del Colegio. Esto deberá ser justificado
a través de la documentación que se le solicita y una entrevista
donde se dialogará y evaluará la situación que transita la familia.
Dicha entrevista podrá realizarse tanto en el colegio como en
el domicilio según se considere.
2. Las becas se fraccionarán asignándolas al mayor número de familias
posibles, de acuerdo a las necesidades de cada una de estas. Por
este motivo se podrá otorgar este beneficio en un porcentaje total
o parcial como así también podrá ser concedida de forma anual,
mensual o por un período específicamente estipulado, teniendo
una extensión máxima de un ciclo lectivo, no existiendo prórroga
automática de las mismas.
3. En las familias que tengan más de un hijo en la institución,
la beca se otorgará sobre la cuota de menor valor.
4. La beca se otorga exclusivamente sobre la enseñanza programática
y extra-programática, por lo que la familia deberá abonar aunque
obtenga el 100 % de la beca: el seguro y la emergencia médica.
5. La beca otorgada no exime de pagar en su totalidad, la matrícula
de inscripción.
6. La familia deberá contar con un año mínimo de antigüedad en
la institución y no encontrarse en situación de mora.
7. Si durante el año lectivo en el que ya fue otorgada la beca,
la familia incurriera en mora de cuotas y/o matrícula, se evaluarán
los pasos a seguir pudiendo incluir, entre estos, la cancelación
del beneficio.
8. La información otorgada durante la entrevista de solicitud
tiene carácter de Declaración Jurada y será confidencial, reservándose
la Institución, el derecho de efectuar las averiguaciones que
sean convenientes. La falta, inexactitud, incoherencia o negación
de información que le es solicitada, provocará la anulación de
la solicitud.
9. El Colegio tendrá la potestad de cancelar el beneficio en forma
total o parcial cuando, por razones fundadas, así lo considere.
10. La realización de la entrevista, no implica el otorgamiento
automático de la beca. Luego de esta se realizará una evaluación,
quedando esta decisión bajo la absoluta responsabilidad e incumbencia
de las autoridades del Colegio.
Representación Legal
Colegio Parroquial San Carlos Borromeo